ATENCIÓN
Descargar
Hechos
Compareciente
Afectado
Datos de los hechos ocurridos
Mayo 15 de 2023, Comitán de Domínguez, Chiapas. MTRA. ROSARIO PIEDRA IBARRA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS. PRESENTE LIC. JUAN JOSÉ ZEPEDA BERMÚDEZ PRESIDENTE DE LA COMISION ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE CHIAPAS. PRESENTE Por medio de la presente me dirijo a usted respetuosamente para solicitar la intervención de la Comisión Nacional de Derechos Humanos que usted dignamente preside, a fin de salvaguardar mi derecho a tener una vida digna y un sano desarrollo integral progresando en mi trabajo a partir de mi esfuerzo y méritos profesionales, el cual ha sido violentado por la Unidad del Sistema para la Carrera de Maestras y Maestros de la Secretaría de Educación Pública (USICAMM), así como por la Coordinación del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros en Chiapas (COSICAMM), instancias que se han negado 1) a asignarme los 15 puntos que me corresponden por acreditar mis estudios de Doctorado concluidos, de conformidad con el Factor denominado Formación Profesional, y 2) a asignarme los 15 puntos que me corresponden por acreditar 10 años de Experiencia y Tiempo de Trabajo en Zonas de Alta Marginación y Descomposición Social HECHOS El 09 de diciembre de 2022 la Secretaría de Educación de Chiapas publicó la Convocatoria del Proceso de Promoción a Funciones Directivas o de Supervisión en Educación Básica, ciclo escolar 2023-2024. En la Base Cuarta “Elementos multifactoriales y su valoración” de dicha Convocatoria, relativa a los Requisitos, establece en su inciso I el factor Formación Profesional, con una ponderación máxima de 15 sobre un esquema de 100. Con relación a este punto, en el Anexo 1 de la Carga Documental, para acreditar dicho factor solicita “Título profesional o cédula profesional de estudios de posgrado Especialidad, Maestría y/o Doctorado (Carta de pasante y certificado no admitido)” (sic) De igual forma, en la citada convocatoria señala como factor multifactorial a valorar, el siguiente: III. Experiencia y tiempo de trabajo en zonas de marginación, pobreza y descomposición social, con una ponderación máxima de 15 puntos, sobre un esquema de 100. Con relación a lo anterior, en el Anexo 1 de la Carga Documental, menciona que este factor se acreditará con las órdenes de Comisión o Constancias de Adscripción de los últimos 10 años (de 2013 a la fecha) . El 09 de enero de 2023 ingresé mi solicitud para participar en el Concurso de Ascenso para alcanzar una plaza de Directora de Telesecudaria, para lo cual subí, entre otros documentos, los siguientes: a) Acta de Examen profesional con resultado aprobatoria que presenté para obtener el grado de Doctor en Sistemas y Ambientes Educativos por la Universidad de Guadalajara y documento de toma de protesta para ejercer la profesión correspondiente. b) Las constancias que acreditaban mi trabajo en Zonas de Marginación, Pobreza y Descomposición durante los últimos 10 años. El 16 de enero de 2023 me presenté a las instalaciones de la COSICAMM al proceso denominado “Cita para el Registro”, la persona que me atendió se negó a registrarme argumentando que no contaba yo con los documentos necesarios, toda vez que según ella “el Acta de Examen y la adscripción a Palmira, no debieron ser cargados a la Plataforma”. El 20 de enero de 2023, nuevamente me presenté al Proceso de Registro, luego de hablar con el titular de la COSICAMM el Ing. Alonso Ramos Balboa quien instruyó que me atendieran, como era mi derecho. En esa fecha entregué físicamente los documentos que había subido a la plataforma. Sin embargo, en este proceso, el Sr. Marco Antonio Montoya Cruz eliminó de mi registro el Acta del Examen Profesional y la constancia de Toma de Protesta como Doctora en Sistemas y Ambientes Educativos, a pesar de que la limitación señalada en la Convocatoria se refería únicamente a “Carta de pasante y certificado”, no al Acta de examen profesional con resultado aprobatorio que es el documento con el que la institución educativa reconoce el grado que otorga; asimismo, esta persona elimino también de mi registro la constancia de adscripción a la Telesecundaria 811 que me ubica en la localidad de Guadalupe Palmira desde 2018, la cual es de Alta Marginación, como puede constatarse a partir de la información geoestadística disponible y es considerada como tal en diversos programas y dependencias que atienden el rezago social en estos entornos. Estas acciones del Sr. Marco Antonio Montoya Cruz fueron realizadas bajo la amenaza de que “si no aceptaba no procedería con mi registro”, por lo que tuve que acceder, reservándome el derecho a inconformarme por esa decisión. El 04 de febrero del 2023 envié a la USICAMM sendos recursos de reconsideración sobre estos hechos, los cuales fueron admitidos con los números de Expedientes USICAMM/CAJyN/R.R./PVB/0037/2023 y USICAMM/CAJyN/R.R./PVB/0042/2023, los cuales fueron remitidos por la Autoridad Federal a la COSICAMM el 17 de febrero, argumentando incompetencia para resolverlos. El 01 de marzo del 2023, en sólo 7 días hábiles, COSICAMM emitió respuesta a las quejas presentadas, las cuales fueron referidas como Recursos de reconsideración 025/2023 y 026/2023, negando en ambos casos a reconocer el derecho que tengo a recibir los puntajes que me corresponden 1) por tener y acreditar el grado de Doctora en Sistemas y Ambientes Educativos por la Universidad de Guadalajara y 2) por acreditar 10 años de trabajo en Zonal de Alta Marginación, pobreza y descomposición social, como lo es la localidad de Guadalupe Palmira que se ubica a más de 20 kilómetros de la cabecera del Municipio de Comitán de Domínguez, Chiapas. AGRAVIOS La respuesta que dio a COSICAMM a ambos recursos comparte una misma estructura e incurre en falsedades y abuso de autoridad que pretenden dejarme estado de indefensión, además de que no entran a consideraciones de fondo. 1. Se alude en ambos casos al Anexo 1 de la Convocatoria que señala, en su inciso c), lo siguiente: “En la actividad presencial del Registro, de acuerdo al lugar, fecha y hora señalada en la hoja de cita, únicamente se cotejarán los documentos originales contra los que se cargaron previamente en la plataforma electrónica. No se podrá presentar al registro otros documentos que no hayan sido cargados en el periodo establecido al inicio de este anexo”. Esta indicación fue violentada por el Sr. Marco Antonio Montoya Cruz quien eliminó de mi registro documentación que ya había sido cargada a la plataforma y luego argumenta en su respuesta al Recurso de Reconsideración que dichos documentos “no fueron cargados”. De manera que si la COSICAMM manipuló mi registro para no dejar “huella” de que efectivamente subí en tiempo y forma los documentos señalados, se cometió un abuso de autoridad que afecta mi credibilidad y mis derechos humanos. Por otra parte, si dicha huella existe y se argumenta que acepté la eliminación de dichos documentos en la etapa presencial del registro, también se constituye un abuso de autoridad, ya que de no haber aceptado esta arbitrariedad no habrían procedido a registrarme en el proceso de ascenso. La omisión forzada de estos documentos imputan a mi persona una negligencia que en realidad debe atribuirse a la COSICAMM, quien debió analizar y valorar desde una perspectiva de derechos humanos los argumentos que presenté para sustentar dos hechos evidentes: que poseo el grado académico de doctorado y que la localidad de Guadalupe Palmira, donde se ubica mi centro de trabajo, la Telesecundaria 811 es una zona de Alta Marginación. 2. Si bien la Convocatoria no señalaba ninguna limitación al Acta de Examen Profesional Acreditado y la Protesta del Grado como documentos para acreditar el Doctorado, por lo que como ciudadana tengo derecho a presentar dichos documentos que efectivamente acreditan que poseo el grado académico solicitado. La expedición del Título y de la Cédula Profesional, además de que son procesos administrativos que suelen demorar varios meses, incluso años, no determinan que se posea o no el grado, esto corresponde a la autoridad académica que lo otorga como lo argumento en mi escrito de inconformidad que incorporo como anexo 1 3. La Convocatoria solicita acreditar 10 años de trabajo en Zonas de Marginación, Pobreza y Descomposición Social, como lo es Guadalupe Palmira en Comitán de Domínguez, Chiapas. La USICAMM y el COSICAMM reducen este criterio al catálogo de Zonas de Atención Prioritaria (ZAP) elaborado por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social y aprobado por la Cámara de Diputados. Aunque son conjuntos que coinciden, no son equivalentes. Hay localidades que presentan cada uno de los indicadores de marginación, rezago social y pobreza que se utilizan para identificar las ZAP que no están integradas a dicho catálogo. Eso no cambia la realidad de estas localidades que sobreviven en condiciones de Alta y Muy Alta Marginación, lo único que cambia es que no están incluidas en el catálogo. La Convocatoria no alude a las localidades ZAP, sino a Zonas de Marginación, pobreza y descomposición social, como lo es con creces Guadalupe Palmira. En el recurso de inconformidad que incorporo como anexo 2 esto queda plenamente demostrado. Desconocerlo es negar el esfuerzo que realizamos los profesores de la Telesecundaria 811 y de primaria indígena y los CONAFE que nutren nuestra matrícula y es discriminarnos. Incluso en la Circular SE/SEE/DEB/DET/JS05/IEETV-Z007 063/22-23 firmado por el Mtro. Fidel Gómez Valdez, Supervisor de la Zona Escolar 07 donde da a conocer las escuelas de Atención Prioritaria consideradas por la Dirección General de Vinculación de la Coordinación Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez, incluye como una escuela ubicada en una Zona de Muy alta Marginación a la Escuela Telesecundaria 811 Guadalupe Victoria, con clave de centro de trabajo 07ETV0834X, como puede verificarse en la siguiente liga, incluida en la Circular referida: https://buscador.becasbenitojuarez.gob.mx/escuelas/ De igual forma, el INEGI considera a Palmira una comunidad de alto rezago social, como puede observarse en la página http://inegi.org.mx/app/mapa/espacioydatos/default.aspx?ag=070190276 4. La manipulación de la plataforma al obligarme a bajar la documentación que acredita mis derechos; la falsedad en la declaración de que no había subido estos documentos; la amenaza de no gestionar mi registro al proceso a menos que aceptara bajar documentos que acreditan mi derecho; la falta de análisis a los alegatos planteados en defensa de mi derecho… todo ello me agravia, desconoce el esfuerzo que he realizado en mi preparación académica y mi trabajo cotidiano, limita mis posibilidades de ascenso y bienestar, al que tengo derecho con base en mi trabajo y mi esfuerzo. PETICIÓN Por todo lo anterior solicito respetuosamente la intervención coordinada de la Comisión Nacional de Derechos y la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en el ámbito de sus atribuciones para que me ayuden a hacer valer mis derechos con base en los argumentos expuestos. Tanto la USICAMM como la COSICAMM de Chiapas deben valorar mi petición y reconocer mi derecho a prosperar en mi trabajo y lograr una mejor vida con base en los esfuerzos que he realizado para ser una mejor maestra, alcanzar mi doctorado y realizar mi trabajo en una zona de alta marginación, como lo pruebo plenamente en los documentos que anexo a la presente. Asimismo, solicito atentamente tener por presentada la presente queja y desahogarla a la mayor brevedad posible. ATENTAMENTE DRA. EMMA YOLANDA ESCOBAR FLORES DIRECTORA ENCARGADA DE LA ESCUELA TELESECUNDARIA 811 GUADALUPE PALMIRA, COMITÁN DE DOMÍNGUEZ, CHIAPAS emayolandaescobar@gmail.com 9616583492 PRIVADA MAGNOLIAS 11, GUADALUPE CHICHIMÁ. COMITÁN, CHIAPAS.
Lugar Hechos *:
COMITAN DE DOMINGUEZ
Autoridad (es) que considera responsable (s) *
COORDINACIÓN DEL SISTEMA DE CARRERA PAR LAS MAESTROS Y MAESTROS EN CHIAPAS (COSICAMM)
Servidor(es) publico(s) presunto responsable(s) *
MARCO ANTONIO MONTOYA CRUZ ALONSO RAMOS BALBOA
Datos de la personas que presenta la queja
Nombre(s) *:
Apellidos *:
Género(s) *:
Edad *:
Escolaridad(s) *:
Ocupacion *:
Nacionalidad *:
Persona Afectada
Nombre(s) *:
EMMA YOLANDA ESCOBAR FLORES
Datos de contacto
Correo Electronico(s) *:
Telefono *:
Domicilio
Calle *:
No. Exterior *:
No. Interior :
Municipio *:
Selecciona una opcion
Localidad :
Codigo Postal *: